Inspección aplica infracciones por la utilización de defensas o enganches
La Oficina de Inspección Municipal basa su trabajo en la Ley 24449, artículo 48, donde se expresa que está prohibido circular con vehículos que posean defensas delanteras y/o traseras.
Esta norma también rige para unidades con enganches sobresalientes o cualquier otro elemento que exceda paragolpes o laterales de la carrocería.