Por 15 días no aplicarán multas a quienes fumen en espacios cerrados
“Lo único que se reformó fue el Artículo 7 para que realmente quede bien taxativo a quién había que sancionar. Dice ‘el incumplimiento de la presente ordenanza sancionará al propietario o responsable fiscal del establecimiento con una multa por un monto del 10 % del sueldo del empleado municipal categoría 1, en el régimen de 42 horas semanales, y si son reincidentes la infracción se irá duplicando’”, dijo Alfredo Arley al confirmar que durante las primeras 2 semanas en las que rige la prohibición de fumar no se aplicarán las sanciones previstas en la ordenanza.
En FM de la Ciudad el responsable del Área de Inspección explicó que “esto empezaría a aplicarse desde ahora, desde hoy 1º de agosto, lo que no es pasible de sanciones durante 15 días, hasta que realmente se hagan las estructuraciones que hay que hacer, la gente ponga la cartelería que tiene que colocar en todos los comercios, y realmente para que le vayan diciendo a todos sus clientes”.